- Luis Alberto Quintero Martínez
Voluntarios acreditados y activos tendrán afiliación y pago de aportes a riesgos laborales

Los voluntarios acreditados y activos del Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta – SNPR gozarán de los beneficios que otorga el Sistema General de Riesgos Laborales a sus afiliados.
Con la expedición del Decreto 1809, el Gobierno Nacional reglamenta la afiliación y pago de las cotizaciones a riesgos laborales de los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana, Cuerpos de Bomberos y demás entidades autorizadas por el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, y que pertenezcan al Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta.
Voluntarios activos de la Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana y Cuerpos de Bomberos serán afiliados obligatorios al Sistema General de Riesgos Laborales.
Las principales características de este mecanismo son:
El voluntario deberá ser mayor de edad, estar acreditado y activo al SNPR y realizar cotizaciones al sistema de salud en cualquiera de sus regímenes (contributivo, subsidiado, especial o de excepción).
Estar registrado como voluntario activo en la base de datos de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos y Desastres.
Estar afiliado ante una Administradora de Riesgos Laborales, proceso que será realizado por las entidades del Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta ante la ARL o a través del Sistema de Afiliación Transaccional – SAT.
El reporte de novedades (activación o inactivación) por parte de las entidades deberá ser reportado oportunamente de acuerdo con las convocatorias que sean realizadas.
No reportar la relación de voluntarios convocados conllevará a que la entidad responda por las prestaciones económicas y asistenciales que se puedan presentar por accidente o enfermedad laboral.
Esta afiliación no generará vínculo laboral.
El pago de las cotizaciones se realizará a través de la planilla integrada PILA.
El periodo de cotización no podrá ser inferior a un mes y se realizará sobre un salario mínimo.
Cuando se presente novedad de “suspensión del contrato” no se realizará aporte a riesgos laborales.
Los voluntarios tendrán derecho al reconocimiento y pago de prestaciones económicas y asistenciales por parte de la ARL.
El pago de las cotizaciones a riesgos laborales se realizará a través de la planilla integrada PILA.
Finalmente, tanto las Administradoras de Riesgos Laborales como los Operadores de Información y demás entidades contarán con hasta seis (6) meses para la implementación de este mecanismo.
Conoce el texto completo del decreto a continuación: