- Luis Alberto Quintero Martínez
Valor de UPC para beneficiarios adicionales en salud cambian este 2021

En el sistema de salud existe la posibilidad de que el cotizante inscriba en su núcleo familiar a otras personas que no hagan parte de su grupo familiar básico y que dependan económicamente de él. Esta inscripción se realiza mediante el pago de una Unidad de Pago por Capitación o UPC Adicional.
Valores de UPC para beneficiarios adicionales cambian a partir del 1º de enero de 2021 según la Resolución 2503 de 2020.
El valor por pagar por estos beneficiarios es establecido cada año por el Ministerio de Salud y Protección Social y varia según la edad y sexo de cada persona, y para este año 2021, estos valores fueron definidos mediante la Resolución 2503 del 28 de diciembre de 2020.

En la planilla integrada PILA este aporte adicional se realiza a través del cotizante 40-Beneficiario de UPC Adicional y el pensionado 9-Beneficiario de UPC Adicional.
Ten en cuenta que cuando vayas a realizar el pago de tus beneficiarios de UPC a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (cotizante 40-Beneficiario de UPC Adicional o pensionado 09-Beneficiario de UPC Adicional), este es validado por tu Operador de Información ante la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA para conocer el valor por pagar.
Descarga el comunicado oficial de la ADRES a continuación:
Descarga la Resolución 2503 a continuación: